Familia sonriendo

Arraigo Familiar

Si eres miembro de la familia de un ciudadano de la UE, pero no tienes la ciudadanía de un país miembro, en España tienes dos opciones para obtener la residencia: arraigo familiar y tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea.

  • Arraigo familiar está destinado exclusivamente a los familiares de ciudadanos españoles.
  • Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea está disponible para los familiares de ciudadanos de otros países miembros de la UE.Ambas opciones otorgan el derecho a residir y, en algunos casos, trabajar en España. La elección entre estas alternativas dependerá de tu situación familiar y del país de ciudadanía de tu pariente.A continuación, encontraras mas más detalle sobre arraigo familiar.

ARRAIGO FAMILIAR

El arraigo familiar es un permiso de residencia que se otorga en España a ciudadanos extranjeros que se encuentren en el país en situación irregular y que tengan vínculos familiares con ciudadanos españoles. Este permiso les permite regularizar su situación para vivir y trabajar en el país.

Persona llenado formulario

¿QUIEN PUEDE OBTENER?

Padres, madres o tutores legales:

  • De un menor con nacionalidad española, siempre que esté a su cargo y convivan juntos.

Familiares directos de ciudadanos españoles:

  • Cónyuge o pareja de hecho registrada de un ciudadano español.
  • Ascendientes mayores de 65 años, o menores de 65 años que estén a cargo del ciudadano español.
  • Descendientes menores de 21 años, o mayores de 21 años que estén a cargo del ciudadano español, de su cónyuge o de su pareja de hecho.

Personas que brinden apoyo a ciudadanos españoles con discapacidad:

  • Siempre que la persona con discapacidad esté a su cargo y convivan juntos.

Hijos de padres o madres que hubieran sido originariamente españoles.

DURACIÓN DE RESIDENCIA

5 años en los primeros 3 supuestos y tarjeta de 1 año en el supuesto de ser hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.

Icono Calendario

VENTAJAS

Permiso de residencia y trabajo :

El solicitante puede residir y trabajar en España, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.

Acceso a servicios sociales y sanitarios :

El solicitante puede acceder al sistema de salud público y otros servicios sociales.

Permiso de 5 años en los primeros 3 supuestos

Reagrupación familia :

Tras un periodo de residencia, el solicitante puede optar a reagrupación familiar para traer a otros miembros de su familia, siempre y cuando cumpla con los requisitos económicos y de vivienda necesarios.

REQUISITOS GENERALES

Acreditar vínculo familiar :

  • Presentar documentación que demuestre alguno de los supuestos establecidos en los criterios de elegibilidad (padres, cónyuge, pareja de hecho, ascendientes, descendientes, etc.).

Ausencia de antecedentes penales :

  • Demostrar que no se cuenta con antecedentes penales en España ni en los países donde el solicitante haya residido durante los últimos cinco años

Acreditar discapacidad (si aplica) :

  • En caso de que el supuesto se base en brindar apoyo a una persona con discapacidad, será necesario presentar la certificación correspondiente.

Acreditar dependencia económica (si aplica) :

  • En situaciones donde se requiera justificar que los ascendientes o descendientes están a cargo, deberá acreditarse mediante pruebas económicas o de convivencia.

¿Cómo Funciona el Proceso?

Organizando Documentos
  • 1 Contacto inicial
  • 2 Consulta
  • 3 Contratación y Pago
  • 4 Preparación y Gestión de Documentos
  • 5 Proceso de toma de huellas
  • 6 Asistencia contínua

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Organizaremos una consulta personalizada para analizar tu situación en detalle y crear un plan estratégico adaptado a tus necesidades. Durante esta etapa, formalizaremos los acuerdos necesarios para garantizar una colaboración transparente y eficiente antes de iniciar el proceso.

Una vez formalizado el acuerdo, podrás elegir la modalidad de pago que mejor se adapte a ti:

  • Pago completo por adelantado, para una gestión más ágil y sin interrupciones.
  • Pago en dos partes, ofreciendo mayor flexibilidad para tu comodidad.
  • Documentación: Te ayudamos desde la recopilación de todos los documentos hasta tener un expediente completo para presentación. 
  • Presentación de la solicitud:  Una vez estés tengamos toda la docuentacion presentamos vía telemática tu solicitud. 
  • Esperar aprobación: Una vez presentada tu solicitud, el plazo de resolucion es de tres meses pero puede tardar mas depende la la provincia donde se presenta el expediente.
  • Tarjeta de residencia: La recibirás en aproximadamente un mes tras la aprobación.
  • Cita previa: Solicitamos una cita en la comisaría para la toma de huellas.
  • Documentación: Llévate tu pasaporte y una foto para la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), el resto preparamos nosotros. 
  • Toma de huellas: Recibirás la TIE dentro de 30 a 45 días, acreditando tu residencia en España.

En IGOLAW, te brindamos apoyo incluso tras la aprobación de tu residencia. No te sientes solo; nuestro equipo está preparado para asistirte desde nuestra oficina en Barcelona. Te ayudamos con asuntos fiscales, renovaciones y cualquier otra gestión que necesites.

PRECIOS

TARIFA BÁSICA

Opción económica para quienes ya tienen parte del proceso avanzado.
Ofrece revisión y presentación del expediente por un abogado, con seguimiento básico. No incluye respuesta a requerimientos ni servicios adicionales. Recomendado para quienes cuentan con documentación ya preparada y experiencia en trámites migratorios.

€300

TARIFA ESTÁNDAR

Asistencia completa con lo esencial.
Incluye todos los pasos fundamentales del trámite, con asesoría legal, preparación del expediente y seguimiento, así como el pago de tasas y gestión de citas clave. Ideal para quienes quieren seguridad y apoyo, pero no necesitan servicios adicionales como traducciones o apertura de cuenta bancaria.

€500

TARIFA PREMIUM

Servicio integral y sin preocupaciones.
Pensada para quienes buscan un acompañamiento completo en todo el proceso. Incluye desde la preparación de documentos, traducciones juradas y gestiones administrativas hasta el acompañamiento personal a citas y la cobertura de todas las tasas oficiales.

€650

Pedir consulta

Preguntas Más Comunes sobre

El arraigo familiar es un permiso de residencia temporal en España, destinado a extranjeros en situación irregular que tienen vínculos familiares directos con ciudadanos españoles.

Sí, este permiso permite trabajar en España, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.

El permiso de arraigo familiar tiene una duración inicial de 5 años. Luego, se puede solicitar un permiso de larga duración.

No, a diferencia de otras vías de regularización, el arraigo familiar no requiere un contrato de trabajo para poder solicitarlo

Sí, una vez obtengas tu permiso y cumplas con ciertos requisitos (como medios económicos y vivienda), podrás solicitar la reagrupación familiar para traer a otros miembros de tu familia.

  • El plazo oficial para resolver una solicitud de arraigo familiar es de tres meses desde el momento en que se presenta.
  • Sin embargo, el tiempo de resolución puede variar dependiendo de la carga de trabajo de cada Oficina de Extranjería.
  • Por ejemplo, en Barcelona, actualmente los expedientes suelen tardar alrededor de seis meses en ser resueltos.

Es importante tener en cuenta estos plazos y planificar adecuadamente. Si necesitas más detalles o apoyo con el proceso, no dudes en preguntar.

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